Normas y Proyectos SSN

Revocan autorización a Aseguradores de Cauciones para operar en 8 ramos

RESOLUCIÓN SSN 176/2020.-

En el marco de las medidas que ha venido adoptado la SSN respecto a Aseguradores de Cauciones, en este caso resolvió -a su pedido- revocar la autorización que tenía para operar en 8 ramos diferentes: Incendio, Combinado Familiar, Robo y Riesgos Similares, Cristales, Transportes, Accidentes a Pasajeros, Riesgos Varios y Seguro Técnico.

Tal como se desprende de los fundamentos de la Resolución, se recuerda que fue la propia compañía la que el año pasado solicitó esas bajas.

Se aclara que la aseguradora deberá mantener las reservas de siniestros pendientes hasta tanto no existan obligaciones pendientes. Esto de debe a que del análisis de los Estados Contables de la entidad al 30 de septiembre de 2019 surge que mantiene en concepto de Reserva de Siniestros Pendientes (Juicios) un importe de $ 673.968 para la Rama Técnico y de $ 62.000 para Combinado Familiar. Tras la respuesta de la aseguradora al respecto, la Gerencia Técnica y Normativa de la SSN se expidió y expresó que la entidad “deberá mantener las reservas de siniestros pendientes hasta tanto no existan obligaciones pendientes”.

Vale aclarar que en noviembre del año pasado, a través de la Res. SSN 1003/2019 se dio por cumplido el Plan de Regularización y Saneamiento de Aseguradores de Cauciones y se dispuso el levantamiento de la inhibición general de bienes y de la prohibición de celebrar nuevos contratos de seguros (ver nota).