Se trata del caso de la viuda de un trabajador fallecido en un accidente in itinere, que pretendía que su empleadora sea declarada responsable solidaria de la condena por haber elegido una ART insolvente, pero la Cámara del Trabajo rechazó la apelación, según señala una nota de DiarioJudicial.com
Al parecer, la mujer obtuvo en Primera Instancia un fallo favorable que hizo lugar a su demanda por la muerte de su esposo en un accidente de trabajo in itinere, en los términos del artículo 248 de la Ley de Contrato de Trabajo. La viuda, apeló el fallo solicitando que la empleadora sea declarada solidariamente responsable porque, argumentó, había escogido una ART “insolvente”.
Además, los camaristas recordaron que la ley “sólo obliga el pago de una indemnización tarifada a las aseguradoras de riesgo de trabajo, no existiendo responsabilidad legal del empleador por los daños acaecidos en tales trayectos”.
El Tribunal al rechazar la apelación de la parte actora, los magistrados aseguraron que no estaba acreditada “la supuesta insolvencia” que pretende la actora.