La SSN emitió la presente norma, por la cual resolvió derogar el art. 2° de la Res. SSN 40.027 del año 2016.
¿De qué se trata? Ni más ni menos que del procedimiento por el cual las Reaseguradoras locales debían informar dentro de los 5 días de realizado la operación, a través del aplicativo SINENSUP REASEGUROS, las transferencias al exterior en concepto de pagos de primas de reaseguros.
El mismo constaba en el Anexo de dicha Resolución, llamado “PROCEDIMIENTO PARA LA CARGA Y GENERACIÓN DE LOS AVISOS DE PAGO”.