A través de dos notas, ambas fechadas el 29 de mayo/2020, la SSN dio a conocer nuevas definiciones en cuanto a las obligaciones de los Productores en materia de capacitación.
Tras la gestión de FAPASA, el organismo resolvió que los PAS que hayan obtenido la matrícula a partir del 11/4/19 -mediante el dictado de la Res. SSN 329/2020-, no están obligados a hacer el Programa de Capacitación Continuada (PCC) del año 2019. Eso se debe a que sus inscripciones fueron otorgadas con posterioridad al comienzo del ciclo lectivo, tal como se indica en la circular (ver NOTA).
Asimismo, los PAS que obtuvieron la matrícula a partir del 4/3/2020 -Res. SSN 7/2020-, están eximidos de realizar el PCC 2020, tomando en consideración la fecha en que fue dictada esa Resolución (ver segunda NOTA).