La SSN busca avanzar en acciones para amortiguar el duro efecto que tiene sobre el mercado la parálisis de la actividad económica por la cuarentena decretada en el marco de la pandemia del COVID-19.
En ese sentido, mientras evalúa los múltiples pedidos de las cámaras empresarias del sector, dispuso que el vencimiento del plazo para la presentación, y consecuente pago de las Declaraciones Juradas correspondientes al cierre del Primer Trimestre de 2020, se postergue para el 30 de abril de 2020.
¿De qué DDJJ se trata? De las correspondientes a la Tasa Uniforme, Contribución Bomberil, Aporte Agencia Nacional de Seguridad Vial, Fondo de Reserva Riesgos del Trabajo, y el Seguro Colectivo de Vida Obligatorio.
En la norma (ver CIRCULAR) se aclara que sin perjuicio de la fecha fijada para la presentación y pago de las Declaraciones Juradas mencionadas, las mismas deben contemplar las operaciones correspondientes al período comprendido entre el 01/01/2020 y el 31/03/2020 y, oportunamente, ingresarse a través de los canales normales y habituales habilitados al efecto.