La SSN, en los últimos días de la gestión Bontempo, dio a conocer una serie de normas, entre ellas la presente, que modifica al Reglamento General de la Actividad Aseguradora. En particular, se realizaron ajustes al régimen de operatoria y las pautas mínimas para el funcionamiento de los Fideicomisos de Garantía.
Entre otros cambios, se define -con vigencia desde el 31/12/15, que a los efectos de determinar el valor razonable de los inmuebles en existencia a esa fecha, se deberá considerar la última tasación realizada por el Tribunal de Tasaciones de la Nación. Antes del 21/12/17, las entidades deberán solicitar ante el mismo la nueva Tasación.
Además, hasta tanto se cuente con la nueva tasación en la que se consigne la expectativa de vida, la amortización se deberá calcular considerando una expectativa que no exceda de 50 años.