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Novedades en el Sistema Informativo sobre Cartera de Juicios y Mediaciones

RESOLUCIÓN SSN 766/2019.-

La SSN sigue avanzando en el marco del Plan de Tecnología y Gobierno Digital. Recordemos que en julio de este año, la Secretaría de Modernización Administrativa estableció que, a partir del 5 de agosto de 2019, las presentaciones vinculadas a Reaseguro, Estados Contables e Información Complementaria, Productor Asesor de Seguros/Aspirantes y Sistema Informativo del Estado de la Cartera de Juicios y Mediaciones, deben efectivizarse a través de la plataforma de “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

A fin de adecuarse a ese requerimiento, por la presente Resolución, se modifica el Punto 39.6.4. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA), donde se definen las condiciones a observar por parte de las entidades sujetas al control de la SSN en orden al suministro de la información correspondiente al Sistema Informativo del estado de la Cartera de Juicios y Mediaciones.

Vale decir que, tal lo plasmado en ese apartado, los datos deben actualizarse mensualmente, dentro de los 15 días de finalizado cada mes calendario, con excepción a los meses que coinciden con el cierre trimestral de los estados contables, que deberán ser suministrados dentro de los 45 días. La información debe cargarse y enviarse a través del sitio web de la SSN, dentro de los 15 días de finalizado cada mes calendario, con excepción de los meses que coinciden con el cierre trimestral de los estados contables, la que deberá ser suministrada dentro de los 45 días.

Como se dijo, tal lo actualizado en el RGAA por la presente, los reportes que emite el sistema deberán presentarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).