La Superintendencia de Seguros de la Nación sigue firmando resoluciones en materia sancionatoria para diferentes operadores autorizados.
En el primer caso, por Res. SSN 113/2025, la SSN rechazó los recursos de «reconsideración o revocatoria» por considerarlos «improcedentes», interpuestos por Aseguradora del Finisterre Compañía Argentina de Seguros S.A., respecto de la Resolución SSN 35/2025 del 30 de enero.
Asimismo, se le concedió el recurso de apelación interpuesto ante esa misma medida, «en relación y con efecto devolutivo».
Recordemos que dicha norma confirmó los ajustes y observaciones correspondientes a sus Estados Contables cerrados al 30 de septiembre de 2024, incluyendo la disminución del capital computable en la suma de $740.872.000, y el incremento del saldo de compromisos exigibles en la suma de $178.359.000. A su vez, se la emplazó a que reintegre la diferencia de capital de $ 391.487.000 hasta el 31 de marzo de 2025, y se la intimó para que presente el Estado de Capitales Mínimos, Cálculo de Cobertura del artículo 35 y el Estado de Cobertura de Compromisos Exigibles y Siniestros Liquidados a pagar rectificados al 30 de septiembre de 2024.
Finalmente, por Res. SSN 115/2025, la SSN le aplicó un llamado de atención a CESCE Argentina S.A. Seguros de Crédito y Garantías (con cambio de denominación en trámite a Soberana Seguros Patrimoniales S.A.) por la falta de cumplimiento del Sistema Informativo del Estado de la Cartera de Juicios y Mediaciones en lo atinente al período 2024-3.
Vale advertir que sobre dicha plataforma se asienta la base del control que ejerce el organismo, en tanto sirve de sustento a fines de conocer la real situación económico/financiera de cada aseguradora.