Tras la publicación de la norma de la resolución 39517 publicada por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) tres cámaras del sector presentaron pedidos de vista y solicitaron la suspensión de la norma, tal como señala una nota del El Cronista.
Por otro lado, según se desprende de este artículo de El Cronista, las compañías están analizando cuánto afecta la norma a sus balances y las consecuencias de una presentación judicial.
Pero, en las aseguradoras, la norma no fue bien vista ya que las obliga a vender títulos para bajar el contado con liquidación en medio de la incertidumbre política y las expectativas de devaluación que dominan las decisiones de inversión. Además, para el 3 de noviembre tendrán que definir la estrategia legal.
Como consecuencia de esto, el pasado 28 de octubre, en vez de vender los títulos, las aseguradoras presentaron un pedido de vista del expediente y de suspensión de la resolución. Ya se prevé que no tendrá ningún efecto porque el organismo no le dará curso. Igualmente, las cámaras hicieron la presentación para tener una visión del fundamento de la norma y expresar de manera formal su desacuerdo con la medida.
Según las aseguradoras consultadas, la norma es contraria a la ley de seguros porque establece una prohibición de invertir en activos en dólares no prevista en el segundo párrafo del artículo 33 de la ley 20091 y contradice la libertad para elegir instrumentos expresados en el artículo 35, tal como revela este artículo.
Asimismo, las compañías deben evaluar el daño patrimonial que la norma afecta su balance. Y, en caso de que el daño sea menor, debe tener voluntad de presentarse igualmente ante la Justicia.
Para finalizar, las cámaras deberán decidir si se presentan ante el fuero Contencioso Administrativo o el Comercial. Con respecto a la resolución determina que al 3 de noviembre, las empresas deberán desprenderse del 50% del exceso de activos en dólares sobre las reservas técnicas que se originen en contratos de seguros y reaseguros en esa moneda. Al 30 de noviembre, del 75%, y al 31 de diciembre de 2015, del total.