En respuesta al reciente fallo de primera instancia de la jueza Civil Pilar Rebaudi Basavilbaso en el caso CPACF/UART, el que no se encuentra firme, la UART y las compañías que la integran dieron a conocer un comunicado en el que reiteran que «en ningún momento su campaña publicitaria de 2015 apuntó a agraviar a los abogados; demostración de ello es que en ninguna parte del texto se menciona a esa profesión».
«Si hubiésemos querido referirnos a los abogados, lo hubiésemos hecho», sentenciaron al respecto.
Sobre ello, desde la UART aclararon que sólo buscaron alertar contra las malas prácticas que llevan adelante diferentes personas que lucran con las lesiones de otros. Y agregaron: «Nos movió el afán de poner en relieve la problemática que nos aqueja desde hace tiempo, en la que están involucrados diferentes personas independientemente de su profesión».
«Hemos formado parte de quienes apoyaron la reforma de 2017 que incluyó a los abogados como patrocinio obligatorio y gratuito, en los trámites administrativos de la Ley de Riesgos del Trabajo ante las Comisiones Médicas, tal como está vigente hoy», aclararon.
El símil del «Carancho», en un contexto de alta y creciente litigiosidad, explican, fue usado como metáfora para llamar la atención respecto de circunstancias, formas y modos de actuar de personas inescrupulosas que muchos Colegios de Abogados del país también han cuestionado.
«Nuestro deseo, expresado en las distintas instancias de este diferendo, es trabajar mancomunadamente con los Colegios Profesionales de Abogados en procura de la mejora y fortalecimiento del Sistema de Riesgos del Trabajo y de las buenas prácticas profesionales», explicaron, adelantando que desde UART apelarán esta sentencia.
Y cerraron: «Entendemos que el fallo no se sostiene en la prueba producida en el proceso, que nuestros argumentos no fueron justipreciados y que además se hizo caso omiso a nuestro legítimo derecho a la libre expresión de raigambre constitucional».
El detalle del caso
La demanda fue iniciada por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF), tras la cual la referida jueza Pilar Rebaudi Basavilbaso, condenó a la UART a pagarle a dicha entidad $2 millones más intereses y la publicación de la sentencia en los diarios La Nación, Clarín y Diario Popular.
Esto data del año 2015, cuando un abogado y el Instituto del Derecho del Trabajo presentaron sendas denuncias en CPACF informando sobre avisos de la UART publicados en Diario Popular, La Nación y Clarín, en el marco de una campaña sobre el peligroso incremento de la judicialidad para el sistema y la figura nociva de los «caranchos» (en nuestro país, palabra que suele aludir al abogado corrupto que, al igual que el ave de rapiña carroñera, vive de las víctimas de los accidentes de tránsito).
Si bien en la campaña de la UART se hacía referencia a los «caranchos» y no a los abogados en general, en los argumentos del fallo judicial se explica que “no se puede permitir que se naturalice la agresión o el desprestigio de esta profesión con publicaciones que agredan su honor”, ya que a los letrados “se les exige de manera ineludible y estricta el desempeño ceñido a las reglas de la ética y la moral. Por ende, la lesión a su honor con imputaciones falsas, descalificantes y desmedidas debe despertar una correlativa amplitud en los medios de defensa que la ley proyecta”.