La SSN aprobó una nueva modificación de las fórmulas de cálculo de las reservas del Caso “D” definidas en el punto 39.11.3.1.2.1. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora, vinculadas a Riesgos del Trabajo.
Las mismas tienen que ver con la Incapacidad Laboral Permanente Parcial; Incapacidad Laboral Permanente Total; Gran Invalidez; y Muerte del trabajador, incluyendo para todos los casos las fórmulas para los siniestros que se produzcan no estando a disposición del empleador; y otros siniestros. Se aclara que la resolución será de aplicación para los Estados Contables cerrados a partir del 30 de Junio de 2014.
Vale recordar que semanas atrás la SSN había emitido la Res. 38.410, con las fórmulas para el cálculo de las reservas a constituir para todas las contingencias cuya primera manifestación invalidante se haya producido a partir del 26 de octubre de 2012. En este caso, se emite la presente norma dado que se ha advertido un error material en la Res. antes dictada.
Las fórmulas de cálculo de las reservas fueron oportunamente consensuadas con la Cámara que nuclea a las aseguradoras de riesgo de trabajo”, se aclara en la presente Resolución, explicándose que lego de dictada la mencionada Resolución 38.410, la UART realizó una presentación espontánea advirtiendo “un error involuntario de comunicación o de entendimiento de su parte, respecto de la modificación del cálculo de la reserva plasmada en la citada Resolución, que conllevaría efectos distorsivos en las reservas actuales”.
Es por ello que se unificaron los criterios de las fórmulas respecto de los aplicados en los Casos «A», «B» Y «C», reemplazando el denominado Caso «D».