La SSN sigue buscando allanar el camino para que las compañías de seguros logren mayor dinamismo a la hora de la aprobación de ramas, planes y demás modalidades contractuales de cobertura, apuntando a simplificar los requisitos que deben cumplir las aseguradoras para poder llevar adelante su actividad.
Así, por la presente, se modifica el Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA) en lo que hace a la aprobación de dichos planes, definiendo a esos fines los elementos que deben ser presentados para proceder con las autorizaciones correspondientes.
En ese marco, se establecen los requisitos mínimos para la admisibilidad de las respuestas a las observaciones que realice la SSN en el marco del análisis de las solicitudes de autorización de planes, y asimismo, el efecto que tiene tanto la omisión de respuesta en los tiempos establecidos como la presentación temporánea que no cumple con las formalidades previstas.
Ante ello, la presente Resolución incluye los elementos mínimos que deben contener los Formularios de Solicitud de Seguro.
La SSN avanzó en la modificación de los puntos 23 y 25 del RGAA a fin de simplificar las presentaciones a realizar a través de las diferentes modalidades de autorización, por lo que se adaptaron nuevas Resoluciones de Pautas Mínimas.
Finalmente, se aprovecha para actualizar el importe de la suma asegurada en materia de Grandes Riesgos. De esa forma, desde ahora, se considerarán Grandes Riesgos, a los efectos de la utilización inmediata de condiciones contractuales sin autorización previa, a aquellos que posean sumas aseguradas mayores a $ 250.000.000.