Continuando con sus inspecciones y aplicación de multas por irregularidades, la SSN en este caso resolvió aplicarle una multa de $926.399,48 a Escudo Seguros.
Tras realizarse verificaciones en locales dedicados a la comercialización de seguros en la Ciudad de Salta, la SSN sancionó, entre otros, a Atlas Manager Group S.A., cuya cobertura ofrecida al mercado era exclusivamente de la aseguradora mencionada.
Luego de llevarse a cabo inspecciones conjuntas de las Gerencias de Inspección y de Prevención y Control de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo de la SSN, tanto en Salta como en Tucumán, se imputó a Escudo Seguros la violación a lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley N° 22.400, el Artículo 68 de la Ley N° 24.449 y los Artículos 26 y 67 inciso f) de la Ley N° 20.091, que implica el ejercicio anormal de la actividad aseguradora.
Si bien la compañía emitió su descargo, los funcionarios de la SSN actuantes constataron -en lo sustancial- que en todos los domicilios funcionan locales/oficinas que operan en la comercialización de seguros; que en el frente de los mismos se visualiza:
“Escudo Seguros”, “Seguros”, “Escudo Seguros Agente Oficial”; que todos poseen en su frente “un código QR” de “Data Fiscal” a nombre de Atlas Manager Group S.A.; que “el titular” de las oficinas/locales es Atlas Manager Group S.A.- a cuyo nombre también consta la habilitación municipal de dicha oficina/local” y en “rubro habilitado” se indica “Servicios personales no clasificados en otra parte. Servicios prestados por compañías de seguros y reaseguros. Incluye ART” y en descripción se detalla: “Rubro Oficina Administrativa-Venta de Seguros para Vehículos. Actividad Permitida…”.
Según surge de los fundamentos de la norma, en todos los locales/oficinas mencionados, los funcionarios de la SSN fueron atendidos por personas debidamente identificadas con su respectivo documento nacional de identidad, quienes respondieron el cuestionario de la Inspección y declararon ser empleados de Atlas Manager Group S.A., entregando copia del recibo de sueldo; todos manifestaron que sólo operan con Escudo Seguros; que para la cotización de los seguros todos tienen un sistema que se llama AMG o que es proporcionado por Atlas Manager Group o que se trata de un “monto fijo”; que en todos se emiten las pólizas de seguros de automotor obligatorio por un período cuatrimestral; que en todos se realiza gestión de cobranza, que en todos y más allá de la modalidad utilizada el dinero recaudado por el pago de las primas es entregado a Atlas Manager Group S.A., luego ese dinero ingresa a Escudo Seguros.
De hecho, existió un reconocimiento expreso por parte de la entidad con respecto a la comercialización que realiza en los locales/oficinas inspeccionadas, a las que si bien no les atribuyó ser ni sucursales ni agencias, las denominó “puntos de venta”, a través de las cuales Escudo Seguros “vende” seguros en las Ciudades de Salta y Tucumán en forma directa.
“Toda la operatoria descripta, avalada con la instrumental pertinente, sólo permite concluir que Escudo Seguros vende seguros en el interior del país, pese a no tener sucursales ni agencias, en forma “directa” o a través de una sociedad inhabilitada en forma absoluta para intermediar en seguros, que como se dijera realiza todas las tareas propias de la aseguradora, con todas las irregularidades señaladas (…), lo que implica un ejercicio anormal de la actividad aseguradora”, se detalla en la norma, de allí la multa aplicada.