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La SSN lanzó las Condiciones Contractuales del Seguro para la Mujer y una Guía de Recomendaciones

COBERTURA 100% SEGURO.- El pasado 16 de noviembre, la Superintendencia de Seguros de la Nación realizó un evento para el mercado asegurador, en el que lanzaron las Condiciones Generales del Seguro para la Mujer por un lado, y dieron a conocer a su vez la Guía de Recomendaciones para la Igualdad de Género en el Ámbito del Mercado Asegurador (ver documento completo), que trata sobre políticas seguras con perspectiva de Género, una nueva iniciativa para que las aseguradoras del país lleven a cabo sus productos, servicios, y espacios de trabajo con un enfoque más específico en la población femenina. Es de carácter voluntario y tiene como objetivo fomentar la diversidad y entender las cuestiones de género, promoviendo espacios más inclusivos para disminuir las brechas existentes en el mercado.

Adriana Guida, Superintendenta de Seguros, y Ana Durañona y Vedia, Gerenta de Coordinación General del organismo, estuvieron presentes en el evento y comentaron el agrado de haber participado en este proyecto, que vienen trabajando desde hace ya cuatro años, que concluyó en esta nueva norma, que se publicó en el Boletín Oficial al día siguiente (ver nota con todo el detalle).

“Trabajamos en impulsar cuestiones de género en la actividad aseguradora, tanto sea desde el punto de vista de la comercialización de productos hasta el acceso de las mujeres al seguro, como también de las mejoras de las condiciones de trabajo para las mujeres en el sector asegurador”, pronunció Durañona y Vedia.

Y agregó: “Creemos que la inclusión y la perspectiva de género son pilares del crecimiento del ámbito asegurador y todos tenemos que trabajar en pos de ello”.

Natalia López Uris, representante de la mesa de trabajo, explicó brevemente cómo es la distribución de la Guía de Recomendaciones. “Está dividida en partes, la primera tiene que ver con los antecedentes legales y normativos que llevaron a la Argentina a avanzar en las cuestiones de Género y Diversidad, objetivos y detalles de las brechas existentes en nuestro sector. La segunda parte son las recomendaciones, que van desde iniciativas de creación de áreas específicas de ayuda hacia las mujeres, capacitaciones y sensibilización sobre cuestiones de género, hasta un apartado realizado para las organizaciones donde se recomienda la invención de lactarios y espacios de cuidados, licencias y cuidados parentales, entre tantas otras temáticas”.

Leonardo Hennawi, Gerente Técnico y Normativo de la SSN, y Micaela Breuer, integrante de la Gerencia y Analista Técnico Actuarial en el organismo, explicaron las Condiciones Generales del Seguro para la Mujer y expresaron la intención de eficientizar el trabajo desde la SSN en materia de aprobación de planes.

«Desde el organismo de control, como reguladores, buscamos dar las bases y clausulados generales para que sea más fácil, dinámica y eficiente la labor de desarrollo de productos pero que al mismo tiempo sea más segura», dijo Hennawi.

Y destacó que «esto es el resultado de un trabajo entre el ámbito público y privado, que dio como resultado el nacimiento de esta nueva política pública».

Breuer, por su parte, explicó que la idea de este proyecto es que «las compañías puedan, a partir del clausulado que desarrollaron desde la Superintendencia, seleccionar qué coberturas quieren utilizar para armar los productos que se comercializarían luego en el mercado».

«El objetivo principal de este seguro es, en principio, generar las coberturas básicas del mercado (fallecimiento, invalidez, etc.), enfocadas particularmente a las estadísticas femeninas, y generar nuevas coberturas que respalden o den soporte a necesidades intrínsecas de las mujeres que anteriormente estaban descubiertas», añadió Breuer.

 

Desde la SSN, desarrollaron dos nuevas coberturas que antes no existían, llamadas «Cobertura de Renta Diaria por Trabajo de Parto» y «Fertilidad». La primera, brinda una renta diaria a aquellas mujeres que por indicación médica, excedan las 48 horas de internación en un establecimiento asistencial con posterioridad al parto. Las 48 hs son definidas a partir de la ley de Parto Respetado. La segunda, habilita el pago de la Suma Asegurada al cursar sin éxito «n» tratamientos anuales con técnicas de reproducción médicamente asistida (de alta o baja complejidad) y siempre que el último realizado ocurra durante la vigencia de la cláusula.

«Buscamos generar nuevas coberturas, tratando de fomentar la innovación en el mercado de seguros, y es por eso que nos acercamos a diferentes sectores como las compañías y los Productores Asesores de Seguros, para estar más en contacto con las necesidades de los asegurados», cerraron desde la SSN.

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