La SSN prohibió a Horizonte Seguros a realizar actos de disposición respecto de sus inversiones, a cuyos efectos se dispone su inhibición general de bienes, debiéndose oficiar a las instituciones que corresponda, en la inteligencia de su debida toma de razón.
De acuerdo a los fundamentos de la presente normativa, la entidad presenta un déficit de Capitales Mínimos al 30/06/2017 que asciende a la suma de $535.057.696. Esta situación se enmarca en el supuesto normado por el Artículo 86 inciso a) de la Ley N° 20.091, por lo que cabe adoptar respecto de la entidad las medidas cautelares consagradas en el citado artículo.
En consecuencia de esto la Súper autorizó a la Gerencia de Asuntos Jurídicos para la preparación, confección y suscripción de las presentaciones y oficios que sean necesarios para efectivizar la medida dispuesta en el artículo anterior y a la Gerencia Administrativa para su diligenciamiento, en caso de corresponder.