RESOLUCION SSN 122018
La Superintendencia de Seguros de la Nación sigue firme con sus controles y sanciones. En este caso, le prohibió a Antártida Compañía Argentina de Seguros realizar actos de disposición respecto de sus inversiones, por lo que se dispuso su inhibición general de bienes.
Tras presentar sus los Estados Contables cerrados al 30/09/2017, la medida responde al déficit de Capitales Mínimos, el cual asciende a los $ 40.164.403.
Esa situación deficitaria fue reconocida por la aseguradora y, si bien se propuso subsanarla con la presentación del Plan de Regularización y Saneamiento, lo cierto es que la aseguradora se encuentra inmersa en la situación prevista en la primera parte del Artículo 31 de la Ley N° 20.091. Vale recordar que en ese apartado se estipula que cuando una aseguradora se encuentre dentro de ese supuesto, la SSN la debe intimar para que dé explicaciones en un plazo de 5 días hábiles; y según la índole y gravedad de la causal, la autoridad de control podrá intimar a la entidad para que corrija la situación en un plazo que no podrá exceder de 15 días hábiles o, para que presente un Plan de Regularización y Saneamiento, dentro de igual plazo, que deberá ser aprobado por la autoridad de control y cumplido en los plazos y condiciones que aquélla establezca.
A partir de esa situación es que se adoptó tal medida, como se dijo, habida cuenta de la situación deficitaria reconocida por la entidad en sus Estados Contables al 30/09/17. “La medida propuesta no requiere mayor análisis ni sustanciación”, se señala en los fundamentos de la Resolución.