A través de la presente resolución, la SSN autorizó reformar los Artículos 6°, 7°, 12, 14, 15, 16, 18 y 19 del Estatuto Social de Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros, tal como fue decidido por la Asamblea el pasado 27 de octubre de 2016.
De acuerdo a los fundamentos de la normativa, la Gerencia de Evaluación de la SSN se expidió sobre el texto propuesto para el Artículo 7° del Estatuto Social sin formular observaciones.