Con el objetivo de realizar de manera paulatina las audiencias médicas que quedaron pendientes previo a la declaración del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) producto de la pandemia ocasionada por el COVID-19, podrán acercarse de manera presencial únicamente quienes hayan sacado un turno online o aquellos que hayan sido citados.
Desde el inicio del ASPO, la SRT puso en marcha sistemas de gestión totalmente virtuales, para brindar a la ciudadanía la facilidad de generar las solicitudes de trámites o ingresos desde la casa, preservando así, la salud y seguridad de los trabajadores.
Cabe destacar que todos los trámites que se realizan de manera presencial en las Comisiones Médicas se encuentran virtualizados en su totalidad, motivo por el cual no es necesario tener que acercarse a la oficina para darle apertura los expedientes.
Por tal motivo, las Comisiones Médicas no brindarán atención alguna a casos de demanda espontánea. Es decir que quienes se acerquen sin turno previo no podrán ser atendidos y no habrá ningún tipo de excepción.
Todos los trámites médicos laborales (Divergencia en la determinación de incapacidad, Divergencia en el Alta, en las Prestaciones, Reconocimiento de enfermedad profesional COVID-19, Rechazo del accidente o enfermedad profesional, Reingreso a tratamiento y Silencio de ART) se tramitan por medio del sistema de Caratulación Online con CUIL/CUIT y Clave Fiscal nivel 3.
Los trabajadores, empleadores, ART, obras sociales o entidades gremiales que requieran presentar documentación (ingresos, oficios judiciales, etc.), se encuentra disponible la Mesa de Entradas Virtual (MEV) y para ser utilizada también requiere CUIL/CUIT y Clave Fiscal nivel 2.
Aquellos que quieran presentarse de manera presencial, deberán sacar un turno online por medio de la página Web de la SRT o por medio de la app «Mi Argentina», donde accederán al listado de gestiones que se pueden realizar personalmente.
Cabe señalar que quienes hayan sido citados por esta SRT, deberán presentarse ante las Comisiones con tapaboca y respetar estrictamente todas las medidas de prevención señaladas en la sede médica basadas en el “PROTOCOLO SRT PARA LA PREVENCIÓN DEL COVID-19 – Recomendaciones y sugerencias”, aprobado por la Resolución SRT N° 46/20 el cual fue suscripto por la Comisión de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (CyMAT SRT).