En complemento con el aval de la SSN (ver nota), en este caso la SRT autorizó la fusión por absorción de EXPERTA ART por parte de EXPERIENCIA ART, ad referéndum de la inscripción del Acuerdo Definitivo de Fusión ante la IGJ. Según se establece en la presente, se deberá acreditarse ante la SRT, mediante copia autenticada, la inscripción del acuerdo definitivo de dicha fusión en la IGJ dentro del plazo de 3 días hábiles de ocurrida.
Asimismo, en la presente resolución se aprobó la transferencia de los afiliados inscriptos en el Registro de Contratos que administra la SRT, de la sociedad incorporada a la sociedad incorporante. Dicha transferencia involucrará la totalidad de los contratos vigentes a la “fecha de fusión” que sean declarados por la aseguradora incorporada al mencionado registro en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6 de la Resolución SRT 463.
Por último, en aquellos casos en que la alícuota aplicada a un determinado contrato objeto de la fusión por absorción, supere los máximos autorizados por la SSN a Experiencia ART se deberá ajustar a los valores máximos aprobados para esta ART.