Una nota escrita por el Director de ISEV, Eduardo Bertotti, afirma que “es increíble que el propio Estado destruya años de evolución en el elemento de protección fundamental del usuario de motos” y a continuación apunta a que: “…el texto (del DNU, del proyecto del senado y del ahora proyecto de la legislatura CABA) plantea que tanto el conductor como el acompañante deban llevar en el casco un autoadhesivo con el número de la patente”.
Cualquier fabricante serio en la descripción de los materiales que componen su producto hacen la advertencia sobre las probables alteraciones de los materiales ante pegatinas, inscripciones o pintados, y hacerlo resulta causal de pérdida de garantía.
¿Quién se hará cargo de esas garantías? Peor aún, frente a un siniestro, si se verifica técnicamente la pérdida de condiciones del material, causa de agravamiento de la lesión… ¿Quién se hará cargo?
“Este tipo de casco está destinado a proteger la cabeza ante posibles golpes provocados por la colisión del vehículo que se conduce. Esta colisión es más peligrosa cuanto menos protección aporta el vehículo en cuestión. Por lo tanto, un conductor de moto necesitará mayor protección que un conductor, por ejemplo de camión.
Aparte del problema de golpes y colisiones, tendremos otro tipo de peligros, menos usuales, pero que pueden darse. Ya sea quemarnos por fricción con el propio asfalto, recibir impacto de materiales que se proyecten por la colisión o, la propia explosión del parte del vehículo que conducimos, como el depósito de gasolina.
Estos cascos están enfocados principalmente a impactos contra el suelo y protegen sobretodo la parte trasera de la cabeza, la nuca, uno de los puntos más críticos de la misma.
Los impactos contra el suelo de la nuca son muy fuertes en caídas por la inercia que coge la cabeza a caer desde cierta altura. La cabeza rota y golpea bruscamente contra el suelo o contra otro objeto, provocando grandes daños.”, concluye la nota.