El pasado 6 de octubre, en un viaje de egresados en Bariloche, una estudiante de 17 años murió. La joven presentaba un fuerte cuadro gripal y la Justicia intenta determinar si la medicación con la que fue tratada fue el determinante en su fallecimiento, afirma una nota del Diario UNO.
Por otro lado, la Fiscalía Temática 1, que impulsa la investigación por la muerte de la estudiante Julieta Uriarte, el fiscal Bernardo Campana imputó a la médica de la empresa organizadora de los viajes a la ciudad rionegrina por presunta mala praxis.
Desde Tribunales informaron que la autopsia practicada al cuerpo de la joven, oriunda de Gonzales Chaves, atribuyó el fatal desenlace a una «neumopatía bilateral» y todavía no se recibieron los informes correspondientes al estudio histopatológico y a la tomografía computada, realizados el mié0rcoles por pedido del juez Ricardo Calcagno, afirman de Diario26.
Ahora bien, en materia de seguros ¿cómo operan estos frente a casos de mala praxis? De acuerdo a SMG Seguros, “este tipo de cobertura cubre la Responsabilidad Civil del profesional por el acto médico que diera origen a daños y/o perjuicios que pudieran ocasionar a terceros en razón de su actuación profesional. Este acto queda cubierto siempre y cuando el hecho haya ocurrido durante el período de vigencia de la póliza (o su retroactividad) y que el damnificado formule su reclamo y lo notifique fehacientemente en ese plazo o bien durante en el período de extensión de denuncias”, señala en el su portal web el bróker MGSseguros.
Por otro lado, los padres de la fallecida podrían solicitar la adopción de medidas ya que se constituyeron en querellantes y designaron a estudio jurídico de Rodolfo Rodrigo para que los patrocine.
Los familiares presumiendo una complicación de la cirugía de vesícula hacen una denuncia y piden una autopsia en la que intervino un perito de parte además del cuerpo médico forense de Concordia. La misma determina que no había complicaciones de la cirugía de vesícula y la causa del fallecimiento fue diferente e independiente de la práctica quirúrgica», según detalló un documento en la misiva enviada a El Diario.
Finalmente en la nota se expresó: «Las pruebas de las prácticas realizadas tanto en la primera como segunda internación, obran registradas en la Historia Clínica Nº 35.395 que fuera remitida en fecha 18/12/14 a la Justicia. Cabe señalar que conforme al secreto profesional imperante en la relación médico paciente, no pueden brindarse datos específicos de la Historia Clínica del mismo por este medio, pero dicho instrumento legal se encuentra sometido a pericias forenses y es materia de investigación judicial, existiendo abundantes pruebas que demuestran la idoneidad profesional puesta en la práctica realizada».
Por último, se indicó: «Sin perjuicio de todo lo expuesto es dable destacar que en el año 2014, el médico interviniente formuló una presentación espontánea en sede judicial a fin de ponerse a disposición de la justicia y aportar todo elemento conducente para obtener el esclarecimiento de las circunstancias en evaluación», de acuerdo a una información publicada por el portal web ElOnce.