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Fallo de la justicia advierte incumplimiento de ART

Cajones de cerveza y gaseosa de hasta 35kg, y duras acciones de carga y descarga, sin medida de seguridad alguna fueron algunos de los causantes del deterioro de salud de un empleado de la planta Coca-Cola. Luego de sufrir fuertes dolores, el trabajador presentó un certificado médico en el que informaba que necesitaba medicación y reposo. Unos días después, la ART le notificó la finalización de la incapacidad laboral temporaria, negándole –a partir de esa fecha- la atención y rehabilitación médica.

Según Diario Judicial, el demandante dijo que la empresa es responsable por sus problemas laborales, ya que incurrió en acciones u omisiones que transgreden el deber genérico de todo sujeto de no dañar. Además, sumó que la ART y el empleador no cumplieron con las normas de higiene y seguridad en el trabajo.

Los miembros del Tribunal sostuvieron que no hay dudas sobre que el denunciante trabajó para la empresa demandada, donde sufrió un accidente de trabajo que la ART no cubrió como debía. Es que, el trabajador, además de la incapacidad física está lidiando, ahora, con daños psicológicos que se traducen en la falta de sueño y depresión.

Para los jueces, la Aseguradora de Riesgos del Trabajo no cumplió con su deber de protección al trabajador frente a los infortunios que sufrió. El hecho motivo de la demanda sucedió antes de la sanción del Nuevo Código Civil y Comercial, pero el fallo se da cuando ya rige la nueva norma.

Sin embargo,  respecto a la cuantificación de los daños reclamados corresponde aplicar el nuevo régimen privatista en virtud del principio de aplicación inmediata (art. 7 del CCC, anterior art. 3 del CC) ya que el resarcimiento integral de los daños constituye una consecuencia no consumada o agotada de la relación o situación jurídica. Por todo lo expuesto, los magistrados resolvieron condenar a la empresa y la ART a abonar la suma de $449.040,57 en concepto de indemnización (Ver Fallo-Completo).