El 1º de julio, el Sistema de Riesgos del Trabajo celebra 22 años de vigencia, con resultados que marcan el buen camino recorrido. Los mismos se evidencian en la amplitud de su cobertura que alcanza a casi 10 millones de trabajadores y 1,2 millón de empleadores, aumentos y mejoras en las indemnizaciones y atención médica y en la caída constante de los accidentes y fallecimientos en el ámbito laboral.
La tasa de accidentes en ocasión del trabajo disminuyó el 46%, y la tasa de fallecimientos bajó el 73%, evitando que 11.000 personas perdieran su vida en el ámbito laboral. Asimismo, la reforma de la Ley 27.348 aprobada en febrero del año pasado está mostrando una baja en la litigiosidad, aunque el afianzamiento de dicha baja está condicionado a la puesta en funcionamiento de los Cuerpos Médicos Forenses en el ámbito de la Justicia.
Estos resultados tienen una significativa importancia social y económica. Propician la generación de más y mejores empleos en nuestro país. El trabajo coordinado de empresas, sindicatos, Estado y ART fue determinante para estar donde estamos.” – sintetiza Mara Bettiol, Presidente de UART, Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.
Escenarios difíciles. En estos 22 años y a pesar de los escenarios difíciles que se dieron en nuestro país y en el mismo sistema cuando fue objeto de cuestionamientos judiciales, el foco de atención de las ART fueron el servicio, la atención y el nivel de las prestaciones.
A pesar de la cantidad de juicios cerrados y pagados por las ART, actualmente la pesada mochila judicial supera las 350 mil causas. Conscientes todos los sectores involucrados del significado de esta grave amenaza y de la necesidad de preservar los logros del sistema y avanzar en la consecución de más mejoras en la prevención y demás beneficios del sistema, fue posible la sanción de una Nueva Ley de Riesgos del Trabajo 27.348, complementaria de la anterior.
La misma estableció el paso por una Comisión Médica del sistema, como instancia previa al inicio de la acción judicial, con patrocinio letrado gratuito para el trabajador. Incluyó al Baremo de Incapacidades como instrumento obligatorio para cuantificar daños, al que tanto la instancia administrativa como la Justicia deben tomar como parámetro. Previó la constitución de los Cuerpos Médicos Forenses (CMF) o Cuerpos Periciales para dar orden al desequilibrio generado por los peritajes judiciales. Asimismo, previo desanclar el honorario de los peritos del resultado del juicio (evitando el a mayor porcentaje del peritaje mayor honorario) y que los peritos fueran profesionales especializados y seleccionados por concurso.
Aspecto Pendiente de la Reforma. Si bien ya se adhirieron 12 provincias a la Ley y se verifica un importante descenso de las demandas (en el orden del 33% en lo que va del año) como así también fallos judiciales favorables a aspectos críticos de la Reforma (tanto en CABA, como en provincia de Buenos Aires, Mendoza y Córdoba) resta constituir los Cuerpos Periciales o Cuerpos Médicos Forenses en el ámbito de la justicia de cada una de las jurisdicciones. Es imperiosa su constitución para resolver, conforme a la nueva normativa, esa mochila judicial pendiente como así también el flujo de nuevos juicios que se van presentando.
Independientemente de las diferentes metodologías empleadas, las estimaciones realizadas marcan una brecha importante entre el valor tarifado por Ley y el que surge del quehacer pericial judicial. Estas brechas representan 4.000 o 9.000 miles de millones de dólares, según cuáles sean los supuestos considerados. En cualquier caso, son inafrontables en las actuales condiciones económicos financieras del sistema. El instrumento para resolver esta disparidad es con la puesta en marcha de los Cuerpos Periciales o los Cuerpos Médicos Forenses, tal como se previó en el art. 2 de la Ley 27.348.
Perspectiva. Resuelto este punto de la disparidad pericial el panorama litigioso se despeja y abre espacio para avanzar en aspectos más productivos. El sistema podría continuar aumentando la amplitud de su cobertura, en base a la implementación del blanqueo laboral propuesto y con la incorporación de otros colectivos de población tales como los trabajadores autónomos y monotributistas. También se podría profundizar en el trabajo y en los logros en materia de Prevención y de la mano del proyecto de Ley de Prevención que se acordó en el seno del Comité Consultivo Permanente, órgano tripartito de consulta para la regulación de determinados aspectos del Sistema de Riesgos del Trabajo.
Nota:
IFGlobal: Índice total de fallecidos cada millón de trabajadores (incluye los in itinere)
IFATEP: Índice de fallecidos en Accidentes de Trabajo y Enfermedades, en
ocasión del trabajo (excluye in itinere)
II Global: Índice de incidencia de accidentes totales (incluye in itinere) con al
menos un día de ausencia
IIATEP: Índice de incidencia de accidentes o enfermedades profesionales en
ocasión del trabajo (excluye in itinere) con al menos un día de ausencia