La SSN avanzó en importantes cambios en las normas reglamentarias de reaseguro, puntualmente en lo que hace a la Información de Contratos Automáticos de Reaseguro.
Recordemos que las aseguradoras se encuentran obligadas a remitir a la SSN la información correspondiente a los contratos automáticos de reaseguro que celebran, la cual debe suministrarse a través del aplicativo SISUPRE (Sistema de Supervisión de Reaseguros).
Ahora bien, en el marco de la adhesión de la SSN a la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) en el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), por la presente se habilita la presentación de la información de reaseguro automático mediante la referida Plataforma TAD.
A esos fines, se definió un cronograma, según el cual:
- Los contratos que inicien vigencia en el transcurso de los meses de Febrero, Marzo y Abril, deben presentarse hasta el 31 de Mayo,
- Los contratos que inicien vigencia en el transcurso de los meses de Mayo, Junio y Julio, deben presentarse hasta el 31 de Agosto,
- Los contratos que inicien vigencia en el transcurso de los meses de Agosto, Septiembre y Octubre, deben presentarse hasta el 30 de Noviembre,
- Los contratos que inicien vigencia en el transcurso de los meses de Noviembre, Diciembre y Enero, deben presentarse hasta el 28 de Febrero.
La presente norma define asimismo aspectos operativos respecto a Información Adicional para los Contratos proporcionales; Informe del Auditor; Endosos; Validación de Contratos de Reaseguro, entre otros.