Una publicación del portal web de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo indica cuáles son los pasos a seguir en caso de que ocurra un accidente laboral o se enferme un trabajador mientras está trabajando.
Si un trabajador/a sufre un accidente o enfermedad debe informar el hecho ante su empleador quien tiene la obligación de comunicar la novedad a la ART o brindarle en forma inmediata las prestaciones médicas y asistenciales si se trata de un empleador autoasegurado.
Asimismo, el trabajador también puede realizar la denuncia ante la ART o los prestadores médicos habilitados por la misma en caso de que el empleador no cumpla con informar el hecho. En la credencial de la ART figura una línea telefónica gratuita para hacer la denuncia.
Seguido de esto, la aseguradora deberá darle un número de siniestro; si esto no sucede, realice la denuncia de forma fehaciente a fin de quedarse con una constancia a través de un telegrama laboral. La aseguradora, desde el momento que recibe la denuncia debe otorgar en forma inmediata toda la asistencia médica, farmacológica, prótesis, órtesis o rehabilitación que sean necesarias, sin límites y en forma totalmente gratuita. También debe facilitarle el traslado hacia y desde el prestador médico.
La ART tiene la obligación de recibir toda denuncia de accidente o enfermedad profesional.
[box type=»note»]A partir de la recepción de la denuncia, la ART tiene un plazo de 10 días hábiles para rechazar el accidente o enfermedad profesional, pudiendo extender este plazo por otros 20 días corridos, siempre que le notifique que hará uso de esa opción. Si durante ese tiempo la ART no le notifica el rechazo, queda obligada a brindarle todas las prestaciones de la Ley de Riesgos del Trabajo.[/box]