Mercado Seguros

Cuáles son los gastos que se deben afrontar cuando una persona muere

Muchas veces el seguro de vida está asociado únicamente a un monto que reciben los beneficiarios tras el fallecimiento de una persona, sin embargo, la cobertura conlleva mucho más: tomar un seguro de vida significa pensar en el otro.

La cobertura genera tranquilidad porque protege a los seres queridos, otorga una continuidad del ingreso familiar y, además, impide que tengan que cubrirse los gastos más urgentes tras el deceso del asegurado o la asegurada. Pero, ¿cuánto puede costar los servicios tras el fallecimiento? Provincia Vida, una de las aseguradoras de Grupo Provincia, elaboró una lista de los precios mínimos y porcentajes de gastos que surgen al fallecer.

Gastos promedio ante el fallecimiento de un familiar:

  • Acta/certificado de defunción: $128.
  • Servicio fúnebre: incluye traslados, acondicionamiento del cuerpo, ataúd, sala velatoria, servicio de cafetería, trámites legales, carroza fúnebre motorizada, misa o responso final, crucifijo o estrella de David, cremación o inhumación, ofrendas florales: $65.000.
  • Aviso fúnebre: $5.200.
  • Placas o símbolos de mármol: $15.000.
  • Parcela / Nicho / Tumba (parcela desde $2700 /nicho desde $3000).
  • Velatorio (desde $9000 sobre el precio del servicio fúnebre) incluye sala velatoria y cafeteria (azafata opcional con costo extra).
  • Cremación (incluida en servicio fúnebre).
  • Inhumación (incluida en servicio fúnebre).
  • Ofrendas florales: desde $5000.

Por todo esto es que el seguro de vida debe ser tomado como un ahorro, porque los costos cuando una persona muere pueden superar los $100.000.

Tener una cobertura de vida permite cuidar las finanzas de las familias. Si bien en el mercado asegurador es conocida la situación que padecen aquellas familias económicamente más vulnerables porque, ante estos costos, firman pagarés con tasas altas a funerarias, también es cierto que cualquier economía familiar podría verse muy afectada frente a un gasto de estas características.

La cobertura de Provincia Vida, +Actual, permite protegerse frente a una situación inesperada que provoque la interrupción de ingresos, muchas veces del único de la familia, ya sea por un accidente, invalidez, o enfermedades graves. Se trata de un seguro con cobertura por fallecimiento por cualquier causa, cuya principal característica es la renovación anual y de forma automática del capital asegurado por medio del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER).

Por si fuera poco, entre los posibles costos que derivan del fallecimiento de una persona, todavía resta mencionar el gasto sucesorio. Una persona pudo haber dejado diez propiedades, pero si no tenía liquidez, no deja dinero disponible para hacer frente a los costos por sucesión; y estos gastos también son altos.

El seguro de vida no entra en sucesión y el trámite, a diferencia de los seguros patrimoniales es ágil, la liquidación del siniestro es de 15 días de presentada toda la documentación, de manera que se puede utilizar el importe de la cobertura para pagar estos trámites.

Gastos sucesorios: 

En CABA 

  • Tasa de Justicia: el 1,5% del valor total de los bienes trasmitidos.
  • Edictos en Boletín Oficial $598; en diarios de gran tirada: entre $30.000 y $45.000.
  • Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes -sobre bienes radicados en provincia de Buenos Aires- hasta el 15% del valor de los bienes trasmitidos.
  • Informe al registro de testamentos al colegio de abogados: $500 en CABA.
  • Informe al registro de testamentos al colegio de escribanos: $600 en CABA.
  • Bono Colegio de Abogados $300.

En provincia de Buenos Aires

  • Tasa de Justicia el 2,2% del valor total de los bienes trasmitidos.
  • Edictos en Boletín Oficial $1200; en diarios de gran tirada entre $7000 y $15.000.
  • Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes -sobre bienes radicados en provincia de Buenos Aires- hasta el 15% del valor de los bienes trasmitidos o de otras jurisdicciones siempre que la titularidad corresponda a un residente de la provincia.
  • Informe al registro de testamentos al colegio de escribanos: $520.
  • Bono Colegio de Abogados: $600.
  • Jus Previsional: $730.
  • Aportes previsionales 3% del valor de los bienes trasmitidos.

Además, desde Provincia Vida queremos recordar que los seguros de vida individual son inembargables. Por lo tanto, en caso de que la o el fallecido tenga deudas, las y los beneficiarios igualmente van a cobrar el seguro.

Asimismo, las primas de los seguros de vida individual son deducibles del impuesto a las ganancias. Esto significa que se puede aplicar para reducir la base imponible sobre la cual se tributa este impuesto.

En definitiva, ¿por qué se debería contratar un seguro de vida?

  • Protege a los seres queridos brindándoles una continuidad del ingreso familiar.
  • Protegerse frente a una situación inesperada que provoque la interrupción de ingresos (accidente, invalidez, enfermedades graves).
  • Cubrir los gastos más urgentes tras el fallecimiento.
  • Pagar el Impuesto de sucesiones.
  • Es deducible del impuesto a las ganancias.
  • Genera tranquilidad.