Normas y Proyectos SRT

Comisiones Médicas: se oficializan las bases generales para concurso de médicos 

RESOLUCION SRT 324/17.-

En el Boletín Oficial con fecha del 16/3/2017, la SRT aprobó las Bases Generales para convocar a Concurso Público de Oposición y Antecedentes para médicos de Comisiones Médicas Jurisdiccionales y de la Comisión Médica Central, a fin de dar cumplimiento a los cometidos del Sistema de Riesgos del Trabajo y del Sistema Integrado Previsional Argentino (S.I.P.A.).

Tal como anticipamos en una nota de 100% SEGURO, el pasado 15 de marzo la Superintendencia de Riesgos del Trabajo determinó la cantidad total de 55 Comisiones Médicas de la Ley 24.241 para todo el territorio de Argentina, 8 Delegaciones y una Comisión Médica Central. (Leer nota)

Asimismo, en la presente norma se convoca a Concurso Público de Oposición y Antecedentes para cubrir cargos de médicos en las Comisiones Médicas Jurisdiccionales y la Comisión Médica Central y para integrar el Listado de Médicos Reemplazantes, el que se regirá por las Bases Generales.

Además, se establece que las vacantes de los cargos médicos que se produzcan en las Comisiones Médicas Jurisdiccionales y/o en la Comisión Médica Central, y/o aquellas que se generen en virtud de razones operativas tales como el aumento del flujo de expedientes, se podrán cubrir con los profesionales integrantes del Listado de Médicos Reemplazantes, de acuerdo al lugar preeminente en el Orden de Mérito.

Los profesionales que integraran el Orden de Mérito podrán ser designados tomando en consideración las necesidades de cada jurisdicción y de acuerdo a consideraciones operativas de la Gerencia de Administración de Comisiones Médicas. En ese sentido, de acuerdo a los criterios señalados, dicha instancia establecerá, en cada caso, el cargo que necesite integrarse y propondrá la designación de los profesionales correspondientes de acuerdo a la especialidad que resulte pertinente y siempre de acuerdo al orden preeminente para dicha especialidad en cada jurisdicción.

Todos aquellos profesionales que integraran el Orden de Mérito y fueran posteriormente designados en virtud de los criterios de selección establecidos en la presente norma, se desempeñarán como médicos co-titulares en las Comisiones Médicas correspondientes, salvo que en casos excepcionales y por cuestiones operativas la Gerencia de Administración de Comisiones Médicas requiriera designarlos como médicos titulares, señala el artículo 3 de la presente resolución.