A través de una misiva oficial, la primera de este 2017, la Federación de Asociaciones de Productores Asesores de Seguros de Argentina (FAPASA), dio a conocer su postura en torno al debate que se mantiene sobre la cobranza fehaciente. A su juicio, la SSN tiene elementos para verificar que no existe un problema de cobranza de primas en el mercado, por lo que se plantea si el trasfondo de un posible cambio no responde a un negocio para los bancos.
Los mismos sectores que seguramente promueven la iniciativa de la cobranza forzosa, han tenido en el ámbito de la SSN la capacidad de demorar hasta los últimos tiempos de la administración anterior el dictado de las normas para control y formación de los Agentes Institorios”, advierte la carta firmada por FAPASA.
A continuación, el texto completo, en el cual se preguntan “¿quién defiende a la institución del seguro?»:
[box type=»note»]¿»Cobranza fehaciente» o negocio para los bancos?
Como una especie de Ave Fénix, la denominada Cobranza Bancaria reaparece periódicamente en el mercado de seguros. Desde el recuerdo de una iniciativa de los años 60 ó 70, que incluyó un publicitado viaje de empresarios argentinos al Brasil, donde parecía haberse encontrado el secreto del negocio. Terminó en la nada en cuanto se advirtió la escasa distribución de bocas de atención bancarias en nuestro país y se advirtió que, en Brasil, casualmente las grandes empresas aseguradoras pertenecían a grupos bancarios (circunstancia que subsiste).
No puede obviarse que esa cantidad de bocas de atención se han multiplicado en el país. Pero como ese desarrollo no ha sido fruto de una planificación pro clientes, sino de criterios de conveniencia, su aparición siempre está asociada con áreas en que hay mucha gente o posibilidad de negocios. Podrá justificarse en aras de eficiencia o beneficio, pero no evita las carencias de servicio de numerosas zonas del país.
Desde aquella iniciativa citada, cada tanto aparece nuevos promotores de la idea. Incluso muchos sedicentes liberales se transforman, en cuanto a esta idea, en la variante de “liberales soviéticos” cuya idea es siempre imponer lo que quiere (debe) hacer “la gente” en el “libre mercado”.
Inveteradamente, el organigrama oficial agrupa conjuntamente la supervisión de actividad bancaria y aseguradora. Resulta bueno señalar que no se registran, por lo menos en los últimos 30/40 años, ocasiones en que quien asume el cargo provenga de la actividad aseguradora. Tal vez la mayor cantidad, el mejor lobby o manejar más plata generan que deban ocuparse del sector seguros quienes se vinculan al mismo, en general, como simples asegurados. Esa circunstancia hace que sea más factible que provengan del sector bancario las ideas, habitualmente disociadas de las necesidades del seguro, que se promueven. Sin llegar a la burrada de alguno que propuso habilitar a las aseguradoras a invertir sus activos en “obligaciones subordinadas”, en todas aparece un olor a gestión de negocios.
Tal actitud les hace dejar de lado, en este nuevo intento, que el mercado asegurador por su propia decisión tramita, en la actualidad, entre el 65% y el 70% de la cobranza por la vía de tarjetas de crédito o débito, descuentos o transferencias bancarias. Imponer esa modalidad a la totalidad sólo implicaría complicarle la cobranza y la vida a mucha gente para la cual es mejor o más aun, solo posible, hacerlo por otra vía.
El sistema actual, regulado en la Ley 22.400, es el que está en vigencia, desde hace muchos años y el Organismo de Control tiene elementos para verificar que no existe un problema de cobranza de primas en el mercado.
Si no quiere perder tiempo en ello y, tal vez, dedicarlo a verificar si anda bien y puntual la Cobranza de Siniestros, podría hacer dos cosas: 1º Preguntarle a cualquier asegurador de su confianza si la Cobranza de Primas es un problema; y 2º derogar la actual normativa de cobranza, que es un mamarracho, que no refleja la realidad del mercado y desluce, también obligatoriamente, las pólizas de seguro.
Los promotores de la iniciativa, seguramente, conocen lo que hemos señalado más arriba, sobre lo innecesario e inconveniente de imponer “manu militari” un sistema de extendida y libre utilización por asegurados y aseguradores, con la colaboración de los PAS. Por ello, es que algún creativo ha querido ennoblecer la idea diciendo que se trata de la ‘Cobranza fehaciente’. Claro, fehaciencia es una palabra que suena bien. Pero en su utilización en este caso le está sobrando la H. Fea Ciencia es aquella que procura hacernos creer que la ‘cobranza fehaciente’ es un beneficio para el Asegurado, cuando la realidad del sistema propuesto lo que le brinda al Asegurado es la incertidumbre de su cobertura. El Asegurado puede haber pagado la prima, pero mientras no se cumplan ciertos trámites de formalización podría quedar a expensas de que le nieguen sus derechos.
Por último, señalaremos que la utilización forzosa del sistema bancario estaría exponiendo a la SSN a responsabilizarse por las deficiencias del mismo. Es de público conocimiento que las entidades financieras encabezan los rankings de reclamaciones de los consumidores. Que han generado en los Tribunales, por sus masivas infracciones, la jurisprudencia de la acciones judiciales colectivas, complicando en ellas a entidades aseguradoras con las que operaban, a través de métodos abusivos en la captación de clientes, en los sobreprecios de los servicios y en la pésima respuesta siniestral, derivada de seguros contratados sin apego a los riesgos cubiertos y al interés de los Asegurados.
Aún como simple cliente de un banco, los funcionarios habrán podido experimentar lo engorroso y lento (en ocasiones infructuoso) que resulta cualquier trámite en que un Banco deba volver atrás de un error (débitos duplicados, indebidos o cargos superiores a los permitidos). Su organismo de Control, el Banco Central, consciente de ello y en una defensa de los asegurados que le agradecemos, ha dictado en los últimos tiempos varias resoluciones que reglamentan la actuación, evitando excesos, sobreprecios, cargos indebidos, etc. Acaba de dictar otra normativa que regula los métodos de contratación a distancia, que refleja en su contenido que viene a prohibir conductas indebidas registradas en la captación de esos clientes asegurados. Paradójicamente, los mismos sectores que seguramente promueven la iniciativa de la cobranza forzosa, han tenido en el ámbito de la SSN la capacidad de demorar hasta los últimos tiempos de la administración anterior el dictado de las normas para control y formación de los Agentes Institorios (mecanismo utilizado por las entidades financieras para operar con seguros) y han logrado hasta la actualidad que no entre en vigencia esa normativa.
FAPASA es partidaria de un mercado abierto, de un capitalismo moderno, pero que no crezca de cualquier manera sino mediante protagonistas que tengan, en su desarrollo comercial, la idea de servir profesional y puntualmente a quienes hacen posible la actividad.
Y no dejaremos de trabajar en ese sentido porque el Bien Común, mal que les pese a algunos, es el mejor ‘negocio’ para la sociedad. [/box]