El gobierno de Chaco promulgó la Ley N° 2.856, por la cual esa provincia adhiere a la nueva Ley de Riesgos del Trabajo, que establece la obligatoriedad de la intervención de las comisiones médicas como instancia administrativa, previa y excluyente, antes de un reclamo judicial por un accidente laboral o enfermedad profesional.
El pasado 11 de julio, la provincia de Chaco se sumó al conjunto de distritos que, a través de sus cámaras legislativas, decidieron apoyar a la Ley Nº 27.348 Complementaria de la Ley sobre Riesgos del Trabajo. Esta última, entre otras cosas, delega expresamente a la jurisdicción administrativa nacional las competencias necesarias para dar cumplimiento al funcionamiento de las comisiones médicas en ese territorio.
Con la adhesión de Chaco, ya suman 13 las provincias que adoptaron los principales lineamientos de la nueva Ley de Riesgos del Trabajo. Previamente lo hicieron la Ciudad Autónoma de Buenos Aries, la provincia de Buenos Aires, Córdoba, Mendoza, Río Negro, San Juan, Entre Ríos, Tierra del Fuego, Corrientes, Formosa, Jujuy y Salta.
Esas provincias concentran el 80% de los trabajadores registrados dentro del sistema, es decir 7,8 millones de trabajadores de los casi 10 millones con cobertura. El respaldo legislativo significó una reducción del nivel de litigiosidad contra el sistema del 34%, una baja del 14,5% de las alícuotas y el ahorro de 13 mil millones de pesos para las empresas.
En la adhesión, la legislatura chaqueña encomendó al Ejecutivo provincial celebrar convenios de colaboración y coordinación con la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), a fin de garantizar la actuación de una Comisión Médica en la ciudad de Resistencia, con competencia en las circunscripciones judiciales I y V, y de una comisión médica itinerante con asiento en Presidente Roque Sáenz Peña, con competencia en las circunscripciones judiciales II, III, IV y VI. Las mismas, deberán asegurar la accesibilidad a la prestación del servicio, celeridad, calidad de atención y gratuidad en el procedimiento.