El Reglamento General de la Actividad Aseguradora, entre otros aspectos, regula los términos en los que las compañías aseguradoras deben presentar la información relativa a los canales de venta (Anexo del Punto 69.1.4), a fines de proporcionar a la SSN información correspondiente a los diferentes intermediarios en comercialización que aquéllas poseen.
Al respecto, por la presente se modifica la fecha límite de presentación de información, buscando así “dar a publicidad la información en trato en un tiempo que resulte oportuno y próximo al cierre del ejercicio en el marco del cual se suministra la misma”.
De esta manera, las aseguradoras deberán presentar la Información relativa a los canales de venta, a través del Sistema INFOPRO (https://seguro3.ssn.gob.ar/infopro), correspondiente a cada ejercicio económico, estableciendo como fecha límite de presentación 45 días posteriores al plazo fijado para la presentación de los estados contables (hasta ahora el plazo era de 75 días posteriores a la presentación).
La medida rige a partir de la presentación de la información correspondiente al ejercicio 2018.