La Superintendencia de Seguros de la Nación autorizó a las entidades aseguradoras a que operen en el Seguro de Caución para Garantías de Ejecución de Contrato Aplicable a Servicios Reglamentados por la Administración Federal de Ingresos Públicos, donde se aplicarán las nuevas Condiciones Contractuales que aparecen en el Anexo I de la presente norma.
Aquellas entidades que se adhieran al régimen de transmisión de pólizas electrónicas establecido por la AFIP deberán manifestar mediante un Acta de Directorio o del Consejo de Administración la renuncia por parte de las mismas de oponer defensas relacionadas con la inexistencia de firma.