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Asistencia vehicular: nuevos cambios, nuevos rumbos

Imagen: Serviasistencia Express.
Por Carlos Salinas, Presidente de Galdas S.A.-

Este 11 de junio/24, se publicó en el Boletín Oficial, la Resolución SSN 269/2024, dejando sin efecto la medida que limitaba el servicio de asistencia vehicular del seguro automotor, establecida en abril pasado por la Resolución SSN 217/2024. La misma aún no estaba en vigencia, dado que le otorgaba 90 días de plazo para su adecuación a las compañías de seguros.

Antes de cumplirse ese deadline, se emite la referida Resolución SSN 269/2024, sobre la cual podemos decir:

  1. No genera obligación de dar el servicio. Las aseguradoras quedan libres.
  2. Si dieran el servicio, tendrán que tener en cuenta contar con varios proveedores, según el espacio geográfico que quieran cubrir a nivel país, provincia o ciudades.
  3. Deben discriminar precio, ya que debe mantenerse el principio de «prima suficiente». Y este debe ser conocido por el asegurado, ya que es quien acepta o no tomarlo.
  4. La contratación del mismo debe ser plasmado en el frente de póliza o condición particular. De esta forma, se baja el nivel de responsabilidad de la aseguradora, ya que se describe claramente hasta dónde se ofrece el servicio. Claro está que si un cliente acepta un servicio y luego -durante la vigencia de la póliza- debe extender el mismo, tendrá que informar a la aseguradora y tendrá su costo adicional.

Esto sigue sin obligar a las aseguradoras y mantiene la posibilidad de que, quien quiera cubrirlo, deba ofrecer un servicio del alcance que se requiera y dentro de la oferta disponible de la aseguradora.

 Pero lo importante, sin obligación por parte de la aseguradora.

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