RESOLUCION GENERAL AFIP 3700.-
La AFIP dispuso, con carácter de excepción, que el pago de las obligaciones de los empleadores de personal doméstico, por los aportes y/o contribuciones devengados en el mes de octubre de 2014 y las cuotas con destino al Sistema de Riesgos del Trabajo correspondientes al mes de noviembre de 2014, ambas con vencimiento el día 10 de noviembre de 2014, se considerará efectuado en término siempre que se realice hasta el día 28 de noviembre de 2014, inclusive.
Esta medida responde a que el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares se encuentra en su etapa de iniciación, y que se ha verificado que existen entidades habilitadas para el cobro de dichas obligaciones que no han finalizado el desarrollo e implementación de los procesos que posibilitan el ingreso de las mismas.
Recordemos que la cuota que se destina al pago de la cobertura de riesgos del trabajo se adiciona a los aportes y/o contribuciones obligatorios de seguridad social, teniendo carácter anticipado y debiendo ser declarada e ingresada por el empleador durante el mes en que se brinden las prestaciones, con las modalidades, plazos y condiciones correspondientes.