RES CONJ 157 AGRO Y 39149 SSN.-
Tal como se adelantó en el Seminario de Seguros Agropecuarios organizado la semana pasada por la SSN y el Ministerio de Agricultura, donde se firmó la Resolución Conjunta para impulsar los seguros agropecuarios basados en índices, finalmente se publicó la misma este 6/5/15 en el Boletín Oficial.
En la misma, se aprueba el procedimiento para la autorización de los planes de seguros agropecuarios basados en índices. Según se aclara, los planes de seguros basados en índices, así como sus elementos técnicos contractuales, deberán ser aprobados por la SSN, para lo cual no resultando de aplicación los plazos, la modalidad de autorización tácita, ni el régimen de adhesión, previstos en el Artículo 23, Puntos 23.2 y 23.3 del Anexo de la Resolución SSN 38.708 de noviembre de 2014.
Se dispone al respecto que la presentación de estos planes de seguros deberá contener un estudio técnico de factibilidad que, como mínimo, especifique el tipo de índice, el área de influencia geográfica del mismo, el tipo de producción y los períodos críticos. Asimismo, deberá fundamentarse la relación entre los índices propuestos y las mermas de la producción, verificando la existencia de correlación del índice con el riesgo de pérdida.
Una vez que se analicen las condiciones y elementos técnico contractuales por parte de la SSN, a posteriori tomará la posta la Secretaría de Agricultura (SAGyP), a los fines de emitir un certificado que avale el referido estudio técnico de factibilidad. Tras la emisión del respectivo certificado, recién allí la SSN podrá dictar la autorización para la comercialización del plan.
Ahora se espera una norma complementaria de la SAGyP, que tendrá un plazo de 90 días para definir las Pautas Específicas que deberá contener el estudio técnico de factibilidad mencionado. Además, deberá determinar los Organismos competentes para proveer la información necesaria para la eficiente operación y transparencia de los seguros basados en índices.
Asimismo, deberá habilitar un Registro donde deberán encontrarse previamente inscriptos los lotes sobre los cuales se pretenda contratar los seguros basados en índices.
Según se expresa en los fundamentos de la norma, esta iniciativa se alinea con la “necesidad de desarrollar herramientas de transferencia de riesgo, con el objetivo de proteger la actividad agropecuaria”. Tal como se explica, al analizarse la penetración del seguro en la actividad, se observó que la cobertura de los riesgos del sector agrícola se concentra principalmente en la Región Pampeana, operando en un porcentaje mayoritario en riesgos de granizo para cereales y oleaginosas. De allí la necesidad de extender el desarrollo del mercado de seguros para el sector agropecuario, ampliando las coberturas existentes y alcanzando a las producciones de las economías regionales.
En ese marco, precisamente, ambos organismo desarrollaron y profundizaron la relación de colaboración mutua con el objeto de mejorar la gestión del riesgo en la actividad agropecuaria argentina. Así es que se han trazado distintas líneas de trabajo, entre las cuales, se destaca la investigación y el análisis para desarrollar seguros basados en índices, ya sean de clima, de rendimiento promedio de un área geográfica, o de información satelital, los cuales “constituyen un modelo contractual novedoso en materia aseguradora”.
Tal como destacan, para lograr el desarrollo de este tipo de seguros, es necesario contar con las nuevas tecnologías disponibles en materia de información climática, aplicándolas a la vida cotidiana de las empresas agrarias. Ello requiere diseñar índices críticos que determinen, con un alto grado de confiabilidad, una relación con los rendimientos de la actividad agropecuaria que se trate. Y un trabajo en conjunto con especialistas en materia climática y agraria, en conjunto con los agentes de “agrobusiness” y especialistas en desarrollar productos de seguros, con los cuales se ha trabajo para dar el puntapié inicial a esta iniciativa.