RESOLUCION SSN 335/2019.-
La SSN resolvió aplicar un apercibimiento a Liderar Compañía General de Seguros S.A., en los términos del Artículo 58 inciso b) de la Ley Nº 20.091. La sanción tiene que ver con el régimen de radicación de inversiones de la aseguradora.
Recordemos que las compañías de seguros tienen restringida la posibilidad de mantener inversiones en el exterior desde el año 2007, lo cual está plasmado en el Punto 35.5. del R.G.A.A., el cual no ha sufrido modificaciones hasta la actualidad.
Liderar Seguros reconoció que poseía inversiones offshore, y en su descargo adujo que ello se debió al contexto económico del país. En ese marco, informó a la SSN que procederá a repatriar fondos radicados en el exterior.