Según advirtió la UART, mientras que a nivel país el aumento de juicios mayo/17 contra mayo/16 fue del 20%, en la provincia de Buenos Aires fue del 104%, acumulando así en los primeros 5 meses del año un 49%, versus un 24% del total país.
En efecto, en el mes de mayo de 2017 ingresaron a las ART 2.643 nuevos juicios y en el período enero-mayo/2017, ya se acumulan 10.182 casos. Todos provenientes de provincia de Bs. As.
Considerando que a nivel país, la cantidad de casos notificados en mayo fue de 12.765 juicios y en el período ene-may/17 fue de 55.321, la provincia de Bs. As aglutina así el 20,7% de las notificaciones de mayo o el 18,4% de los casos, del período de 5 meses correspondientes al análisis.
Las cifras constituyen una alerta de por sí, aunque cobran mayor relevancia aún con motivo del no avance en el tratamiento legislativo de la adhesión a la Ley Nacional (Ley 27.348), que tuvo aprobación en la Cámara de Diputados de la Provincia, pero se detuvo en el Senado, por falta de acuerdo de la oposición.
A modo de recordatorio, la Ley Nacional fue aprobada en febrero de 2017. El Poder Ejecutivo Nacional, con amplio apoyo de la oposición, de empresarios y sindicatos, tomó la iniciativa de abordar un ajuste al procedimiento para fijar las incapacidades en el sistema de Riesgos del Trabajo. Tratándose de un aspecto de procedimiento, es preciso que para que entre en vigencia, cada provincia adhiera mediante una ley provincial propia, a ser tratada por las respectivas legislaturas. La excepción es la Ciudad de Buenos Aires, en donde es de aplicación inmediata, debido que no dispone de Justicia local, por lo que es competente la Justicia Nacional.
Mediante la Ley Nacional, que necesita la adhesión de cada provincia, se busca separar casos con incapacidades reales de casos fraguados, como así también darle celeridad al tratamiento y pago de los que sí tienen incapacidades reales. Para lo cual, entre otras modificaciones, dicha ley previó:
- Un procedimiento administrativo previo en las Comisiones Médicas, para evaluar las dolencias de las personas.
- La regulación de honorarios de los peritos en función del trabajo realizado, es decir, desacoplarlos del porcentaje que determinara la pericia.
- la utilización de la Tabla de Evaluación de Incapacidades (Baremo) prevista en la Ley 27.348, a fin de objetivar el porcentaje de incapacidad correspondiente a cada daño.
En definitiva, plasmar en blanco sobre negro el alcance de la cobertura y del cálculo de la indemnización, a fin de dar certidumbre a ambas partes (empresarios y trabajadores) y celeridad en el acceso a la indemnización. Y esperar que la justicia valide estos parámetros de referencia si los casos llegan a su ámbito. Con motivo de la aprobación de la ley también se incrementaron las indemnizaciones en más de un 45% promedio.
Por otro lado, así como en su momento llamó la atención la “mudanza” de casos del interior del país a la CABA, en parte motivada por la tasa de interés aplicable (actualmente fijada en el 36% anual), ahora llama la atención el crecimiento exponencial en provincia de Bs. As.
Nuevamente, la tasa de crecimiento en las notificaciones de juicios, se comporta en forma paradojal respecto de los indicadores de buen desempeño que posee el sistema. Según datos oficiales el mismo registra una caída sistemática en la cantidad de accidentes y de fallecidos en el ámbito del trabajo, del 30 y del 70%, respectivamente, como así también un aumento importante en las indemnizaciones, que se multiplicaron casi por 7 en los últimos 5 años, a las que adicionalmente se aplica la tasa activa del Banco Nación y en los servicios que se brinda a trabajadores y empleadores.
Fuente: UART sobre las notificaciones recibidas año a año. Para año 2017, proyección anual sobre la base de las notificaciones recibidas entre enero y mayo de 2017 (un 49,4% más que el año anterior).
Ahora es necesario que:
– Cada una de las provincias adhiera a la Ley Nacional. En CABA por no tener justicia laboral propia aún, las modificaciones tienen absoluta vigencia. Córdoba ya adhirió, provincia de Buenos Aires tiene media sanción y Mendoza está avanzando, y
– La Justicia en sus diferentes instancias valide mediante sus fallos las previsiones de la Ley que tienden a abordar las causa de fondo: que es la disparidad de criterios jurisprudenciales que retroalimenta la conflictividad y regulación del quehacer pericial