El pasado 15 de marzo, la SSN modificó la Reserva por Juicios Futuros a constituir por las aseguradoras que operen en la rama Riesgos del Trabajo, buscando que las ART cuenten con reservas suficientes para afrontar la futura litigiosidad, por lo que en la nueva fórmula de cálculo se tuvo en cuenta la relación existente entre los juicios y las cápitas del sistema (ver nota).
En ese momento, se omitió contemplar la situación específica de aquellas ART que, a la fecha del dictado de la Resolución SSN 127/2024, se encontraban aplicando la metodología prevista en la Resolución SSN 626/2022. Recordemos que la misma impuso exigencias adicionales a las nuevas ART -como el caso de Andina ART-, dadas las fuertes “mochilas” que cargaban los operadores del mercado en materia de judicialidad y por el Covid-19 (ver nota).
Por ello, la presente norma corrige la omisión y define una fórmula de cálculo que contempla el empalme entre ambas metodologías de cálculo.