Días atrás, a través de la Res. SSN 39438, el organismo que regula la actividad aseguradora modificó el Reglamento General de la Actividad Aseguradora, no sólo incorporando como inversiones computables en el inciso k. a los Pagarés Avalados emitidos para su negociación en mercados de valores, sino además adecuando algunos aspectos sobre las condiciones para que los Fondos Comunes de Inversión (FCI) que sean aprobados por el Comité de Elegibilidad de las Inversiones para las Compañías Aseguradoras y Reaseguradoras sean computable.
Sobre ello, en la presente comunicación, se aclara respecto a las condiciones que deben cumplir específicamente los Fondos Comunes de Inversión PYME y Abiertos para Proyectos Productivos de Economías Regionales e Infraestructura al 30/09/2015 previstas en dicho apartado, se contemplará como hechos posteriores al cierre del ejercicio la situación de cumplimiento de los mencionados fondos al 21/10/2015. En este sentido el Comité de Elegibilidad de Inversiones para las Compañías Aseguradoras y Reaseguradoras determinará, en base a la información de la cartera suministrada por la CNV, el porcentaje de cumplimiento para cada Fondo Común de Inversión al 21/10/2015.