Finalmente, y tal como lo había prometido a los representantes de productores, la SSN emitió la presente comunicación en la cual se hace saber a las compañías de seguros que las comisiones deben ser calculadas sobre el total de la prima, no pudiendo descomponer en «prima comisionable» y «prima no comisionable» y/o cualquier otro concepto. Ello, según se explica en la norma, apunta a dar “estricto cumplimiento a lo previsto en la normativa vigente y brindar transparencia a las retribuciones que perciben los Productores Asesores de Seguros y Organizadores de Seguros”.
En ese contexto, en la comunicación se recuerda que las modificaciones sobre la base de cálculo para la determinación de las comisiones que, eventualmente, deban realizar las aseguradoras a los fines de cumplir con los extremos legales informados, no pueden afectar el premio final a cargo de los asegurados / tomadores. Así, la norma busca no comprometer el costo final del seguro para el usuario final.
En la comunicación, también se recuerda que las tarifas elaboradas conforme los procedimientos previstos en el punto 26.1.6. del RGAA, deben contemplar las primas puras y los gastos. En tal sentido, para la conformación del premio final deberán adicionarse impuestos, otras cargas previstas en la legislación vigente y, eventualmente, cargos por financiamiento uniformes y las cuotas sociales que perciban las entidades cooperativas y mutuales.
Finalmente, se recuerda que la totalidad de los componentes del premio deberán exponerse desagregados en el Frente de Póliza.