En el marco de las medidas dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional dada la pandemia de coronavirus Covid-19, la SSN avanzó en una serie de medidas de excepción (ver CIRCULAR Teletrabajo). Entre ellas, ha resuelto la implementación de la modalidad de trabajo a distancia para su personal y únicamente para el desarrollo de las tareas que requieran urgente despacho o que por su naturaleza no admitan postergación.
Al respecto, con vigencia desde el 17/3/2020 y hasta el 31/3/2020, dispuso la interrupción de la atención al público y, consecuentemente, la suspensión de los plazos administrativos por el mismo período, sin perjuicio de la validez de los actos y procedimientos cumplidos o que se cumplan.
No obstante ello, se aclara que el Sistema de Trámites a Distancia (TAD) se mantendrá operativo, pudiendo ser utilizado única y exclusivamente para los trámites expresamente previstos a tales efectos.
De esta manera, los únicos canales de atención habilitados son los siguientes:
· Para consultas y denuncias mail a: consultasydenuncias@ssn.gob.ar o por la página web www.argentina.gob.ar/ssn; botón “Consultas y Denuncias”.
· Si sos Productor Asesor de Seguros o tenés alguna consulta relacionada con Productores, mail a: informealproductor@ssn.gob.ar
· Para consultas urgentes de una Aseguradora o Reaseguradora, mail a: consultasentidades@ssn.gob.ar
Como se dijo, y a fin de acatar con las medidas de prevención establecidas por el Gobierno Nacional, la atención telefónica y personal de la SSN se encuentra suspendida.
Procederemos a brindar atención y prioridad a aquellos casos que califiquen como urgentes. Por lo tanto, solicitamos a todos los actores del mercado asegurador y a todos los ciudadanos argentinos su comprensión y colaboración frente a la situación actual”, solicitaron desde la SSN.