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Por ley, los contratos de adhesión serán públicos

LEY 27.266.-

Hoy, el Boletín Oficial oficializó la modificación del art. 38 de la Ley de Defensa del Consumidor (Ley Nº 24.240), de esta manera, todas las personas que presten servicios o comercialicen bienes a consumidores o usuarios mediante la celebración de contratos de adhesión,  éstos deben estar publicados en su sitio web.

[box type=»note»]La modificación  fue impulsada por María García, Diputada del partido FPV, la misma   fue aprobada por el Senado de manera unánime el 13 de julio  último, pero entró en vigencia a partir de su promulgación.[/box]

Además, según la presente norma, se debe entregar sin cargo y con antelación a la contratación, un ejemplar del modelo  del contrato a suscribir a todo consumidor o usuario que lo  solicite.

Por último, en aquellos locales deberán exhibir un cartel con la siguiente leyenda: “Se encuentra a su disposición un ejemplar del modelo de contrato que propone la empresa a suscribir al momento de la contratación”, finaliza la modificación.

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