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Fallo de la Corte: trabajador deberá pagar costos si pierde juicio sin fundamentos

En lo que representa una muy buena noticia para el mercado asegurador, y un nuevo traspié para «bolseros», «caranchos» y todos aquellos que fomentan la industria del juicio dentro del Sistema de Riesgos del Trabajo, en las últimas horas se hizo público el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación por el cual resolvió que si un trabajador pierde un juicio laboral por su culpa, deberá hacerse cargo de los gastos. (Ver Fallo completo)

Esto se originó en consecuencia del caso «López, Enrique Eduardo c/ Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales S.A. s/ accidente – ley especial». López había reclamado ante la justicia laboral que la ART de su empleador lo resarciera por una supuesta incapacidad parcial, que habría sufrido durante un accidente in itinere. Aunque, López fue citado reiteradas veces a realizarse las pericias médicas para constatar judicialmente que había sufrido dicha incapacidad, el trabajador nunca se presentó ante el perito.

Según López, en el trayecto hacia su trabajo había sufrido un accidente que lo dejó parcialmente incapacitado y reclamó ante la justicia laboral que la ART de su empleador le pagara la indemnización prevista en la ley 24.557 de riesgos del trabajo. Pese a que fue citado en reiteradas oportunidades, López jamás se presentó para que el perito médico designado por la justicia lo examinara, lo que provocó que la acción fuera rechazada ante la imposibilidad de comprobarse si efectivamente estaba incapacitado», señala al respecto una nota del diario El Cronista.

Si bien los camaristas ducen que con este fallo se violaría el derecho de acceso a la justicia consagrado en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, para los jueces de la Corte como el rechazo de la demandada se debió a la actitud renuente del trabajador, no había motivos válidos para apartarse de la regla legal que establece que quien pierde un juicio debe pagar los gastos por honorarios que ese juicio originó.

Bajo este contexto, el Máximo Tribunal, con las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz (Horacio Rosatti no adhirió) revocó la sentencia de la Cámara y ordenó un nuevo pronunciamiento por el cual los gastos del juicio deben recaer sobre la persona que lo perdió. La CSJ revocó la sentencia de Cámara “únicamente” en ese aspecto de las costas, porque consideró que fue una «manifiesta arbitrariedad» que perjudicó a la compañía de seguros que había ganado el juicio.

Esta noticia, positiva para el sector, se da a conocer poco después del pronunciamiento del propio Presidente Mauricio Macri cuestionando «la mafia de los juicios laborales», y va en línea con otro fallo reciente de la Corte Suprema (ver nota) que rechazó el pedido del titular de una póliza para que la aseguradora la resarciera por encima del límite establecido por contrato. De esa manera, volvió a declarar la oponibilidad de las cláusulas del contrato de seguro de responsabilidad civil al tercero damnificado.

 

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