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El nuevo Código obliga a desarrolladores inmobiliarios a contratar póliza específica

Con el nuevo Código Civil y Comercial, para la implementación de la norma se tuvo en cuenta  la cantidad de casos de fraudes que se cometen a través de hipotecas o deudas. Por ello, los desarrolladores que venden por boleto de compraventa deben contratar pólizas, tal como afirma una nota de El Cronista Comercial.

De acuerdo con estos motivos, se dispuso que el titular del dominio del inmueble deba contar con un seguro a favor del adquirente para celebrar contratos sobre unidades construidas bajo el régimen de propiedad horizontal.

De esta manera,  de acuerdo con palabras de Augusto Acuña, del estudio del mismo nombre, el riesgo del fracaso de la operación sería según lo convenido y la cobertura comprenderá el reintegro de las cuotas abonadas más un interés retributivo y también, la liberación de todos los costos que el adquirente no asumió en el contrato preliminar.

Asimismo,  el incumplimiento de esta obligación priva al desarrollador de todo derecho contra el adquirente a menos que cumpla íntegramente con sus obligaciones, concluyó Acuña.

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