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Autorizan a la ART-Mutual de petroleros a operar en el Sistema de Riesgos del Trabajo

El pasado 30 de marzo, mediante la RES. CONJ. SSN 40351 y SRT 376/17, de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) se autorizó a operar a la primera ART-Mutual de Argentina, tal como publicamos en una nota de 100% SEGURO (Leer nota)

De esta manera, la Mutual de Empleados y Obreros Petroleros Privados ART- Mutual, podrá operar y afiliar en seguros de riesgos del trabajo, como entidad de derecho privado sin fines de lucro, informa un comunicado oficial de la SRT.

La misma ofrecerá cobertura a trabajadores, empleados y obreros que directa o indirectamente estén vinculados con la prospección, investigación, exploración, perforación, extracción, servicios especiales, procesamientos, refinados, transporte por cualquier medio, expedición logística y comercialización de petróleo y sus derivados, sea que dichas tareas se desarrollen en el ámbito de la empresa petrolífera o fuera de ella.

La creación de la ART Mutual está previsto en el artículo 42 de la Ley de Riesgos del Trabajo, el cual establece que la negociación colectiva laboral podrá “crear Aseguradoras de Riesgos del Trabajo sin fines de lucro, preservando el principio de libre afiliación de los empleadores comprendidos en el ámbito del Convenio Colectivo de Trabajo”.

Por otra parte, la decisión también se funda en el artículo 13 del Decreto 1.720/2012 donde se resalta que “las asociaciones profesionales de empleadores y las asociaciones sindicales de trabajadores con personería gremial también podrán impulsar, por razones de solidaridad sectorial, de manera independiente y cualquiera sea su grado de agrupación, la constitución de una ART-MUTUAL como entidad de derecho privado sin fines de lucro…”.

En tanto que en la Resolución SRT 1810/2015 se definió que las entidades que aspiren a incorporarse como ART-Mutual al sistema de riesgos del trabajo deberán acreditar la capacidad de controlar el cumplimiento de las normas de Higiene y Seguridad en el trabajo.

Este modelo de cobertura beneficia a la prevención de los riesgos del trabajo, ya que la gestión del aseguramiento queda en manos de quienes mejor conocen los riesgos de la actividad.

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