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ART: modifican procedimiento a seguirse ante las Comisiones Médicas

DECRETO 1475/2015.-

Por el presente Decreto, se realizan adecuaciones a la reglamentación en vigor en lo atinente al procedimiento que debe seguirse ante las Comisiones Médicas en Riesgos del Trabajo. A esos fines, se aprueba la abreviación de plazos y se agiliza el procedimiento recursivo.
Asimismo, se define la obligatoriedad de que la víctima de la contingencia y sus derechohabientes cuenten con patrocinio jurídico. Por otro lado, se habilita la intervención del empleador asegurado en el procedimiento, siempre que éste así lo requiera.
Entre otras modificaciones, se constituye cada Comisión Médica y la Comisión Médica Central con Secretarios Técnicos Letrados que actuarán en el procedimiento en aquellas cuestiones de índole jurídica ajenas a la competencia de los profesionales médicos.
Estos cambios entrarán en vigencia a partir del primer día del tercer mes posterior al de su publicación en el Boletín Oficial (31/7/15), por lo que regirá desde el 1° de octubre de este año.

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